FONDO GANADERO
A LA OPINIÓN PÚBLICA:
Habiendo tomado conocimiento de la decisión del Juez Penal de Garantías, Dr. Rubén Ayala Brun en el marco de la causa caratulada: “MAGDALENO SILVA DAVALOS, NILDA CONCEPCIÓN CANALE DE SILVA, ROBERTO EUDEZ GONZÁLEZ SEGOVIA, MIRIAN JACINTA BENÍTEZ DE GONZÁLEZ, JOSE GILBERTO CHAMORRO GARCIA, DIANA VERÓNICA CHAMORRO LAFARJA, GLADYS ZUNILDA GONZÁLEZ DE BRITEZ y VENANCIO BRITEZ S/ PRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS NO AUTÉNTICOS y OTROS” Nº 173/09 manifestamos:
- En noviembre de 2008 hemos recibido una denuncia de hechos relacionados con la existencia de serias irregularidades en la documentación de respaldo (guías de traslado de animales) presumiblemente adulteradas. Dicha denuncia fue confirmada posteriormente luego de trabajos de la auditoria interna y externa del FONDO GANADERO, e informes suministrados por SENACSA.-
- Hemos procedido conforme a la Ley Nº 1626/00 “DE LA FUNCIÓN PÚBLICA”, y al Código Procesal Penal a formular una denuncia contra “Personas innominadas s/ producción de documentos no auténticos y otros” ante el Ministerio Público, habiendo sido asignada la misma a la Unidad a cargo del Sr. Agente Fiscal en lo Penal, Abog. Eduardo Cazenave Velilla, quien luego de las diligencias preliminares procedió a formular las imputaciones correspondientes, conforme a lo establecido en el art. 302 del Código de Procedimientos Penales. El Juez Dr. Ayala Brun asignado a dicha causa solicitó el desafuero por A.I.Nº 115 de fecha 27/02/09.-
- Posteriormente, el Fiscal General del Estado, Dr. Rubén Candia Amarilla designó al Abog. Eduardo Cazenave Velilla en la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción.-
- En reemplazo del Abog. Eduardo Cazenave Velilla fue designada la Agente Fiscal Stella Mary Cano, quien al momento de la presentación de los requerimientos conclusivos se limitó a solicitar lo siguiente:
a. Con relación a los Sres. NILDA CONCEPCIÓN CANALE DE SILVA, ROBERTO EUDEZ GONZÁLEZ SEGOVIA, MIRIAN JACINTA BENÍTEZ DE GONZÁLEZ, GLADYS ZUNILDA GONZÁLEZ DE BRITEZ y VENANCIO BRITEZ MERCADO presentó el Requerimiento Fiscal Nº 75 de fecha 21/08/09 por el cual solicitó el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de ellos. Igual suerte corrió la Sra. DIANA VERÓNICA CHAMORRO LAFARJA mediante un requerimiento fiscal independiente.-
b. Con respecto a los Sres. MAGDALENO SILVA DAVALOS y JOSÉ CHAMORRO se formuló el Requerimiento Fiscal Nº 76 de fecha 21/08/09 por el cual solicitó la desestimación de las actuaciones, con el argumento de la EXISTENCIA DE UN OBSTÁCULO LEGAL INSUPERABLE cual es el fuero del que se encuentran investidos ya que la Cámara de Diputados rechazó el pedido de desafuero formulado por la justicia ordinaria.
Llama la atención el cambio producido a partir de las actuaciones de la nueva representante del Ministerio Público, quien sin profundizar en la investigación y sin atender a las evidencias expuestas por el Fiscal Eduardo Cazenave, no encontró ningún mérito y en forma apresurada solicitó lo precedentemente expuesto.
- En oportunidad de la celebración de las audiencias preliminares, el Juez Dr. Ayala Brun, resolvió sin más trámites los requerimientos fiscales, a pesar de que el mismo podía haber ejercido su potestad jurisdiccional de remitirlos a la Fiscalía General del Estado, a fin de obtener un parecer de la máxima autoridad del Ministerio Público, desplegando de esta manera un mayor control sobre las actuaciones.-
- Por último, el Comité de Administración del Fondo Ganadero en cumplimiento irrestricto a las disposiciones legales y a su deber patriótico, advierte y pone de manifiesto a toda la ciudadanía que actuará de igual manera ante la existencia de hechos irregulares de la naturaleza que fueren sin importar nombres, apellidos, cargos ni preferencias políticas.-
Lic. Luis Guanes Gondra Ing. Juan Fernando Peroni Ing. Víctor Miranda O.
Consejero Presidente Consejero
M.A.G. FONDO GANADERO A.R.P.





